Imprimir

Código Fiscal Artículo 9 B Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Fiscal Michoacán
Artículo 9 B.

Para efectos fiscales en el Estado, se considera arrendamiento

financiero, el contrato por el cual una persona se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder a otra persona física o moral su uso o goce temporal, a plazo determinado, obligándose ésta a pagar en numerario determinado o determinable, una contraprestación que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios, la que se liquidará en pagos parciales según se convenga; y que además se pacte a su vez, adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales que establece la ley federal de la materia, aun cuando en el contrato respectivo no se consigne expresamente el valor del bien objeto de la operación y la tasa de interés pactada, o la mecánica para determinarla.



Estado de Michoacán Artículo 9 B Código Fiscal
Artículo 1 ...9 9 A 9 B 9 C 9 D ...176

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse